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PARTE 15 DE LA FCC
Este dispositivo cumple la Parte 15 de las Normas de la FCC. Su funcionamiento está sujeto a las
dos condiciones siguientes: (1) este dispositivo no puede causar interferencias perjudiciales,
y (2) este dispositivo debe aceptar cualquier interferencia recibida, incluyendo interferencias
que puedan causar un funcionamiento no deseado.
Advertencia: Los cambios o modificaciones a esta unidad no aprobados expresamente por la
parte responsable del cumplimiento podrían anular la autoridad del usuario para operar el
equipo.
AVISO: Este equipo ha sido probado y cumple con los límites establecidos para los dispositivos
digitales de Clase B, de acuerdo con la Parte 15 de las Normas de la FCC. Estos límites están
diseñados para proporcionar una protección razonable contra interferencias perjudiciales
en una instalación residencial. Este equipo genera, utiliza y puede irradiar energía de
radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza de acuerdo con las instrucciones, puede causar
interferencias molestas en las comunicaciones de radio.
Sin embargo, no hay garantía de que no se produzcan interferencias en una instalación en
particular. Si este equipo causa interferencias molestas en la recepción de radio o televisión, lo
cual puede determinarse apagando y encendiendo el equipo, se recomienda intentar corregir
la interferencia por medio de una o más de las siguientes medidas:
•
Reorientar o reubicar la antena receptora.
•
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a un tomacorriente en un circuito diferente al que está
conectado el receptor.
•
Consulte al distribuidor o un técnico experimentado de radio/televisión para
obtener ayuda.