HORNOS ELÉCTRICOS VENTILADOS
ES
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SEGUNDA PARTE
2.0 - Instrucciones para la instalación y el mantenimiento
2.1 - Lugar de instalación y colocación
ADVERTENCIA
La instalación, la transformación y el mantenimiento extraordinario del horno deben ser
realizados exclusivamente por instaladores autorizados o por el Ente suministrador de la
energía y en conformidad con las normativas de seguridad en vigor.
PARA LA EJECUCIÓN DE ESTAS OPERACIONES ES INDISPENSABLE POSEER TODOS LOS
INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN NECESARIOS EN PERFECTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA
Y SUMINISTRADOS CON CALIBRADO PERÍODO (Ver apartado 1.4).
El fabricante declina toda responsabilidad en el caso de inobservancia de dichas obligaciones.
• El horno tiene que ser instalado sólo en locales suficientemente ventilados, preferiblemente bajo una
campana de aspiración que pueda eliminar los vapores de cocción hacia el exterior del local.
• Para permitir la instalación y las operaciones de manutención, hay que mantener una distancia de al
menos 500 mm. (véase fig. 3) entre el lado izquierdo del horno y la pared o los aparatos contiguos.
Garantizar una distancia de al menos 300 mm del techo si el mismo está hecho de material
combustible o si no tiene aislamiento térmico.
fig. 3
MIN
. 50
0mm
MIN. 150mm
MIN. 100mm
MIN
. 100
mm
MIN. 150mm