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Declaración de la FCC
Este dispositivo cumple con el apartado 15 de la normativa
de la FCC. El funcionamiento está sujeto a las dos
condiciones siguientes:
(1) este dispositivo no causa interferencia negativa y (2)
este dispositivo debe aceptar las interferencias recibidas,
incluidas las interferencias que puedan causar un
funcionamiento no deseado.
NOTA DE LA FCC:
El fabricante no se hace responsable
de ninguna interferencia de radio o TV ocasionada por
modificaciones no autorizadas efectuadas a este aparato.
Dichas modificaciones podrían anular la autoridad del
usuario para utilizar este aparato.
NOTA:
Este aparato ha sido probado y cumple con los
límites para aparatos digitales de Clase B, de conformidad
con el apartado 15 de la normativa de la FCC. Estos límites
están diseñados para proveer protección razonable contra
interferencias perjudiciales en instalaciones residenciales.
Este aparato genera, usa y puede irradiar energía de
radiofrecuencias y, si no se instala y usa según las
instrucciones, puede provocar interferencia perjudicial a
las radiocomunicaciones. No obstante, no hay garantías
de que no ocurrirá interferencia en una instalación en
particular. Si este aparato provoca interferencia perjudicial
a la recepción de radio o televisión, lo que puede
determinarse encendiendo y apagándolo, se recomienda
que el usuario intente corregir la interferencia por medio de
la implementación de una o más de las siguientes medidas:
• Cambiar la orientación o el lugar de la antena receptora.
• Incrementar la separación entre el aparato y el receptor.
• Conectar el aparato a un tomacorriente de un circuito
diferente del circuito al que el receptor está conectado.
• Consultar al distribuidor o a un técnico con experiencia en
radio/televisión para solicitar ayuda.
ICES-3(B)/NMB-3(B).