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.E
A Cumplimiento de la normativa:
la legislación y el sentido común
En 1998, la OSHA (Agencia para la Salud y la Higiene en el Trabajo) presentó un informe
relativo al amplio estudio por ella llevado a cabo sobre el uso y manejo de carretillas en
el sector industrial. Dicho informe se encuentra en el
Registro Federal de Estados
Unidos
/ Vol. 63, Nº 230. En el mencionado informe, la OSHA explicaba las numerosas
razones por las que se obliga al empleador o patrón a proporcionar a sus empleados la
formación correspondiente en cuanto al manejo de las carretillas industriales; así mismo,
explicaba por qué debe comprometerse el personal no formado a tal efecto a no manejar
las carretillas industriales salvo que dicho manejo se lleve a cabo en el marco de unas
condiciones de situación controlada como puede ser, por ejemplo, durante un curso de
formación. El informe pone de manifiesto lo
extremadamente importante
que resulta la
formación de conformidad con las exigencias establecidas en las directrices de la OSHA
para la seguridad personal y material durante el manejo de carretillas industriales. 29
CFR (Código de Regulaciones Federales), apartado 1910.178. Dicho de otro modo, se
trata de una formación profunda previa al manejo de una carretilla industrial, que tiene
extrema importancia
y que
será obligatorio
llevar a cabo antes de manejar cualquier
carretilla; esto es así porque casi todos los accidentes que resultan en lesiones
personales o daños materiales, o que incluso provocan la muerte, se producen como
consecuencia de un comportamiento negligente en lo que a los peligros básicos
asociados al manejo de carretillas respecta, o como consecuencia del incumplimiento de
las medidas de seguridad y de no adoptar las precauciones debidas para minimizar o
eliminar dichos peligros. La formación de la OSHA tiene como objeto el tratamiento de
los mencionados peligros. Las pruebas contenidas en el informe de la OSHA muestran
que los requisitos de formación exigidos por la ley para los operarios y el empleador se
basan en la experiencia y en el sentido común en general.
Jungheinrich ofrece una carretilla industrial que cumple con lo establecido en las
normas 29 CFR 1910.178 y ASME B56.1. Los representantes de Jungheinrich le
asesorarán y responderán a todas las preguntas que tenga relacionadas con las
cargas, el funcionamiento, el manejo y el mantenimiento de las carretillas.
Según la OSHA, el personal no posee de antemano los conocimientos ni las habilidades
necesarias para poder manejar de forma segura una carretilla industrial de
accionamiento eléctrico. Al contrario: dichos conocimientos y destrezas deberán
adquirirse en un curso de formación teórica y práctica. Como consecuencia de esto, la
posesión de una carretilla industrial que cumpla con las prescripciones y la normativa
legal vigente sólo presupone el cincuenta por ciento de las condiciones de seguridad. Por
tanto, el operario y el empresario deberán asegurarse de cumplir con sus obligaciones y
de respetar todas las normas y leyes nacionales y regionales relativas a las necesidades
formativas y al manejo seguro de la carretilla industrial; y deberán hacerlo no sólo porque
así lo establezca la ley sino también porque se trata de una cuestión de sentido común.
Sólo estará permitido manejar las carretillas industriales a personas
debidamente formadas y que hayan superado los exámenes correspondientes.
Los planes de formación deberán cumplir las especificaciones establecidas
por la OSHA y, como mínimo, tratar los temas aquí mencionados.
El empresario y el operario deberán conceder especial atención a la parte de la
norma ASME B56.1 que se refiere al usuario.
"El servicio seguro es responsabilidad del operario" ASME B56.1 - 2004, Parte
II apartado 5.1.1.
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A Cumplimiento de la normativa:
la legislación y el sentido común
En 1998, la OSHA (Agencia para la Salud y la Higiene en el Trabajo) presentó un informe
relativo al amplio estudio por ella llevado a cabo sobre el uso y manejo de carretillas en
el sector industrial. Dicho informe se encuentra en el
Registro Federal de Estados
Unidos
/ Vol. 63, Nº 230. En el mencionado informe, la OSHA explicaba las numerosas
razones por las que se obliga al empleador o patrón a proporcionar a sus empleados la
formación correspondiente en cuanto al manejo de las carretillas industriales; así mismo,
explicaba por qué debe comprometerse el personal no formado a tal efecto a no manejar
las carretillas industriales salvo que dicho manejo se lleve a cabo en el marco de unas
condiciones de situación controlada como puede ser, por ejemplo, durante un curso de
formación. El informe pone de manifiesto lo
extremadamente importante
que resulta la
formación de conformidad con las exigencias establecidas en las directrices de la OSHA
para la seguridad personal y material durante el manejo de carretillas industriales. 29
CFR (Código de Regulaciones Federales), apartado 1910.178. Dicho de otro modo, se
trata de una formación profunda previa al manejo de una carretilla industrial, que tiene
extrema importancia
y que
será obligatorio
llevar a cabo antes de manejar cualquier
carretilla; esto es así porque casi todos los accidentes que resultan en lesiones
personales o daños materiales, o que incluso provocan la muerte, se producen como
consecuencia de un comportamiento negligente en lo que a los peligros básicos
asociados al manejo de carretillas respecta, o como consecuencia del incumplimiento de
las medidas de seguridad y de no adoptar las precauciones debidas para minimizar o
eliminar dichos peligros. La formación de la OSHA tiene como objeto el tratamiento de
los mencionados peligros. Las pruebas contenidas en el informe de la OSHA muestran
que los requisitos de formación exigidos por la ley para los operarios y el empleador se
basan en la experiencia y en el sentido común en general.
Jungheinrich ofrece una carretilla industrial que cumple con lo establecido en las
normas 29 CFR 1910.178 y ASME B56.1. Los representantes de Jungheinrich le
asesorarán y responderán a todas las preguntas que tenga relacionadas con las
cargas, el funcionamiento, el manejo y el mantenimiento de las carretillas.
Según la OSHA, el personal no posee de antemano los conocimientos ni las habilidades
necesarias para poder manejar de forma segura una carretilla industrial de
accionamiento eléctrico. Al contrario: dichos conocimientos y destrezas deberán
adquirirse en un curso de formación teórica y práctica. Como consecuencia de esto, la
posesión de una carretilla industrial que cumpla con las prescripciones y la normativa
legal vigente sólo presupone el cincuenta por ciento de las condiciones de seguridad. Por
tanto, el operario y el empresario deberán asegurarse de cumplir con sus obligaciones y
de respetar todas las normas y leyes nacionales y regionales relativas a las necesidades
formativas y al manejo seguro de la carretilla industrial; y deberán hacerlo no sólo porque
así lo establezca la ley sino también porque se trata de una cuestión de sentido común.
Sólo estará permitido manejar las carretillas industriales a personas
debidamente formadas y que hayan superado los exámenes correspondientes.
Los planes de formación deberán cumplir las especificaciones establecidas
por la OSHA y, como mínimo, tratar los temas aquí mencionados.
El empresario y el operario deberán conceder especial atención a la parte de la
norma ASME B56.1 que se refiere al usuario.
"El servicio seguro es responsabilidad del operario" ASME B56.1 - 2004, Parte
II apartado 5.1.1.
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