A v i s o d e l a F C C
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Aviso de la FCC
Este aparato cumple con la Sección 15 de los Reglamentos de la FCC. Su
funcionamiento está sujeto a las siguientes dos condiciones: 1. No puede provocar
interferencia dañina y 2. Debe aceptar toda interferencia recibida, incluida la
interferencia que pueda causar un funcionamiento no deseado. Este equipo ha sido
probado y cumple con los límites para un aparato digital Clase B, en conformidad
con la Sección 15 de los Reglamentos de la FCC. Estos límites se diseñaron para
ofrecer protección adecuada frente a las interferencias dañinas en una instalación
residencial. Este equipo genera, utiliza y puede irradiar energía de radiofrecuencia
y, si no se instala ni utiliza según las instrucciones, puede provocar interferencia
dañina en las comunicaciones de radio. No obstante, no existe garantía alguna de
que no se producirá interferencia en una instalación en particular. En caso de que
este equipo provocara interferencia dañina en la recepción de radio o televisión,
que se puede determinar apagando y encendiendo el equipo, se instará al usuario a
intentar corregir la interferencia utilizando una o más de las siguientes medidas:
Volver a orientar o ubicar la antena receptora. Aumentar la separación entre el
equipo y el receptor. Conectar el equipo a una salida en un circuito distinto al
circuito al que está conectado el receptor. Consultar con el distribuidor o con un
técnico experimentado en radio/TV para recibir ayuda.
NOTA
: Declaración de exposición a la radiación de la FCC: Este equipo cumple con
los límites de exposición a la radiación de la FCC determinados para un entorno sin
supervisión. Este transmisor no debe ubicarse ni operar junto a otra antena u otro
transmisor.
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