ESPAÑOL (722-501 D)
CONDICIONES DE GARANTÍA
La Compañía AB ÅLÖ-MASKINER, en lo sucesivo también denominada el Fabricante, se compromete a sustituir o
reparar cualquier pieza en la que el deterioro se haya demostrado que haya sido producido por defectos de material
o de fabricación.
Esta garantía es válida durante un período de 12 (doce) meses desde la fecha en que se haya entregado la
cargadora al Propietario. Además se comprenderá y aceptará que deberá notificarse inmediatamente el defecto al
Distribuidor y que la cargadora o la pieza defectuosa quedará a libre disposición del Fabricante después de la avería.
En los casos en que se hayan sustituido o reparado piezas bajo los términos de esta Garantía, los artículos están
garantizados solamente hasta que expira la Garantía original.
La Garantía no se extiende a accidentes, mantenimiento descuidado, cambios o montaje defectuoso efectuados por
el Propietario. Cuando se haga un cambio de piezas de Garantía, el Propietario deberá compensar al Fabricante por
el tiempo en que las piezas se hayan utilizado, si se han expuesto a un desgaste extremado.
No se paga ninguna compensación por daños físicos, paro, deterioros resultantes u otras pérdidas.
Si se encontraran cualesquiera defectos atribuibles al Fabricante durante pruebas o investigación de averías
ejecutadas a petición del Propietario, las pruebas o la investigación de averías serán gratuitas. Todos los costes no
imputables de este modo serán cargados al Propietario.
Las reparaciones o costes adicionales temporales debidos al trabajo que se realice después de las horas normales
de trabajo no se indemnizarán.
DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD DE LA UE, REF. ANEXO 2A
Fabricante
AB ÅLÖ-MASKINER
SE-901 37 UMEÁ, Suecia
Tel. +46-(0)90 17 05 00
Por el presente documento declara que:
Las máquinas (cargadoras frontales) de tipo QUICKE, AGRAM, VALTRA/VALMET, MF y VETO* así como los
equipos y accesorios, fabricados por Ålö-Maskiner
a partir del mes de producción de enero de 2000
* a partir del mes de producción de octubre de 1999
a) están fabricadas en conformidad con la DIRECTIVA DEL CONSEJO con fecha de 22 de junio de 1998 sobre la
armonización de la legislación de los estados miembros con respecto a las máquinas (98/37/EC), con referencias
especiales al Anexo 1 de la Directiva sobre los importantes requisitos de higiene y seguridad relacionados con el
diseño y la fabricación de máquinas, complementada con los apéndices pertinentes.
b) están fabricadas según las siguientes normas armonizadas:
EN 292-1,-2,-3, EN 294, EN 12525:2000.
Agente acreditado
SVENSK MASKINPROVNING AB (Instituto Nacional de Verificación de Maquinaria)
Fyrisborgsgatan 3
SE-754 50 UPPSALA, Suecia
Tel. +46-(0)18 56 15 00
ha recibido documentación técnica según la Sección 8, artículo 2c, segundo párrafo. El agente acreditado ha
expedido un certificado que confirma que la documentación es correcta.
Umeá en enero de 2000
Olle Pehrsson
Director
722
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