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Con arreglo al art. 26 del Decreto Legislativo de 14 de marzo de
2014, n.° 49 ‘’Actuación de la directiva 2012/19/UE acerca de los
desechos de equipos eléctricos y electrónicos (RAEE)’’
TRATAMIENTO DEL RAEE:
El símbolo del contenedor barrado que aparece en el equipo o en la
confección, indica que el producto, al concluir la vida útil, debe ser
eliminado por separado del resto de los desechos.
Por tanto, cuando la vida útil del equipo concluye, el usuario deberá
entregar este último a los centros especializados en recogida diferenciada
de desechos electrotécnicos y electrónicos del propio municipio.
Como alternativa a la gestión autónoma, es posible entregar el equipo
que se quiere eliminar al distribuidor donde se va a comprar un equipo
equivalente nuevo.
En las tiendas de distribución de productos electrónicos con una
superficie de venta de al menos 400 m
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, es además posible entregar
gratuitamente, sin la obligación de comprar, los productos electrónicos
que se quieren eliminar con dimensiones inferiores a 25 cm.
La recogida diferenciada adecuada para el envío sucesivo del equipo
hacia el reciclaje, el tratamiento y la eliminación compatible con el
medio ambiente, contribuyen a evitar posibles efectos negativos en el
medio ambiente y en la salud, y favorece la reutilización y/o reciclaje
de los materiales que componen el equipo.