CUIDADO Y MANTENIMIENTO
DISTANCIA DE SEPARACIÓN CON ELEMENTOS INFLAMABLES
Mantenga los cables eléctricos, cortinas, muebles y demás elementos inflamables a una distancia
de 0,91 m (3 pies) como mínimo de la parte frontal y de los lados del calentador.
REBORDES DE LIMPIEZA
Limpie el reborde de metal con un paño suave levemente humedecido con un producto cítrico a base
de aceite y pula con un paño limpio y suave. NO USE pulidor de latón ni limpiadores domésticos, ya que
pueden dañar los rebordes de metal. Compre los productos cítricos a base de aceite en una ferretería.
REEMPLAZO DE LAS BOMBILLAS
Esta estufa eléctrica usa dos bombillas transparentes con base de portalámparas E12 de 120 voltios,
40 vatios (bombilla B con base de candelabro).Obtenga acceso a las bombillas de 40 vatios a través del
panel de acceso posterior (consulte la ilustración a continuación).
1. Apague el interruptor de alimentación principal; a continuación, desenchufe el cable de alimentación
del tomacorriente de pared.
2. Si la chimenea ha estado en funcionamiento, deje que la unidad se enfríe durante un mínimo de 2
horas.
3. Detrás de la unidad hay un pequeño panel que se encuentra en la parte inferior central del panel
principal. Este panel pequeño tiene 4 tornillos en cada esquina (Fig 6).
4. Utilizando un destornillador Phillips, retire los 4 tornillos uno a uno. Cuando haya quitado los 4
tornillos, el panel puede ser retirado. Estírelo hacia fuera suavemente (Fig 7).
5. Dentro del panel verá 2 enchufes con dos bombillas instaladas. Desenchufe la bombilla que no
funciona desatornillándola suavemente al revés de las agujas del reloj. Instale la nueva bombilla
atornillando en dirección alas agujas del reloj (Fig 8).
6. Coloque otra vez el panel en su posición inicial y apriete los tornillos. (No atornille excesivamente).
Afloje los
tornillos Phillips
Fig. 7
Fig. 6
Fig. 8
Resorte que sostiene la bombilla
Tire
Tire
ADVERTENCIA:
no exceda 40 vatios por bombilla. El uso de bombilla de mayor
denominación puede provocar un incendio, causar daños a la propiedad o lesiones
personales.
S-7